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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDAD E INVESTIGACIÓN

Núm. 9471
Resolución de la Directora General de Personal Docente de 27 de septiembre de 2019 por la cual se aprueba la convocatoria específica y extraordinaria para cubrir, en régimen de interinidad y durante el curso 2019-2020, plazas vacantes y sustituciones de determinadas funciones en centros públicos de enseñanzas no universitarias dependientes de la Consejería de Educación, Universidad e Investigación del Gobierno de las Illes Balears

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Texto

En el Boletín Oficial de las Illes Balears nº 138, de 3 de noviembre de 2018, se publicó la Resolución de la Directora General de Personal Docente de 29 de octubre de 2018 por la que se aprueban las bases generales del procedimiento de selección de personal funcionario interino docente para cubrir vacantes y sustituciones en centros públicos de enseñanzas no universitarias dependientes de la Consejería de Educación y Universidad del Gobierno de las Illes Balears.

La base general segunda contenida en el anexo de la Resolución mencionada, prevé además del procedimiento ordinario de selección de personal funcionario interino, un procedimiento específico y extraordinario. Así pues, en el caso que para alguna o algunas especialidades o funciones y/o islas no se haya podido seleccionar ningún aspirante mediante el procedimiento ordinario, o se haya agotado la lista de aspirantes correspondiente o sea previsible que se agote, se puede aprobar una convocatoria pública para completar la lista existente de aspirantes a funcionarios interinos docentes para estas especialidades o funciones concretas y/o islas.

La base general decimosexta de esta Resolución regula el procedimiento específico y extraordinario y determina, entre otras cosas, que solo puedan participar nuevos aspirantes, así como los define la convocatoria correspondiente; que las convocatorias pueden establecer requisitos específicos para los aspirantes a fin de cubrir determinadas plazas; que los aspirantes se tienen que ordenar de acuerdo con los méritos previstos en la convocatoria ordinaria y acreditados en la forma establecida en esta, y que el orden en la bolsa de los aspirantes admitidos determinará el orden en el momento de ofertar y adjudicar las plazas, con las especialidades que prevé la base décima de la Resolución citada.

En fecha 22 de diciembre de 2018 se publicó en el BOIB nº 160, la Resolución de la Directora General de Personal Docente de día 14 de diciembre de 2018 por la que se aprueba la convocatoria pública para formar una bolsa de aspirantes a funcionarios interinos docentes con la finalidad de cubrir, durante el curso 2019-2020 y en todas las islas, vacantes y sustituciones de todas las especialidades o funciones en centros públicos de enseñanzas no universitarias dependientes de la Consejería de Educación y Universidad del Gobierno de las Illes Balears. 

Finalizado este procedimiento ordinario i conformada la bolsa correspondiente se llevó a cabo el proceso de adjudicación de destinos provisionales (convocado por Resolución de la Directora General de Personal Docente de 1 de julio de 2019, publicada en el BOIB nº 89, de 4 de julio).

De acuerdo con la Resolución del Consejero de Educación, Universidad e Investigación  de 16 de octubre de 2019 de delegación de determinadas competencias en materia de gestión de personal docente en la Directora General de Personal Docente, (BOIB nº 129, de 21 de setiembre), se delega en esta la competencia para convocar y resolver los procedimientos ordinarios para la provisión de puestos de trabajo.

Por todo ello, dicto la siguiente

 RESOLUCIÓN

Primero

Aprobar las bases específicas de la convocatoria específica y extraordinaria para cubrir, en régimen de interinidad y durante el curso 2019-2020, plazas vacantes y sustituciones en centros públicos de enseñanzas no universitarias dependientes de la Consejería de Educación, Universidad e Investigación del Gobierno de las Illes Balears, que se especifican en el anexo 1 de esta Resolución.

Segundo

Aprobar el anexo 2, en el que figuran las especialidades objeto de la convocatoria.

Tercero

Aprobar el modelo de solicitud, que figura como anexo 3 de esta Resolución.

Cuarto

Publicar esta Resolución y los anexos que se adjuntan en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Interposición de recursos

Contra esta resolución –que agota la vía administrativa- se puede interponer un recurso de reposición ante el órgano que la dicta en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la fecha de publicación de esta resolución, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, y con el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma en el plazo de dos meses a partir del día siguiente de haberse publicado, de acuerdo con los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa.

 

Palma, 27 de septiembre de 2019

La Directora General de Personal Docente Rafaela Sánchez Benítez

 

ANEXO 1 Bases específicas

1. Participantes

1.1. Pueden participar en esta convocatoria solo nuevos aspirantes.

1.2. A los efectos de esta convocatoria se entiende por nuevos aspirantes aquellos que no formen parte actualmente de la bolsa de trabajo constituida de acuerdo con la base octava o los que figuren como excluidos por causas diferentes a las relacionadas en los puntos 3.1.6 y 3.1.7 de la base tercera del anexo 1 de la Resolución de la Directora General de Personal Docente de día 14 de diciembre de 2018 por la que se aprueba la convocatoria pública para formar una bolsa de aspirantes a funcionarios interinos docentes con la finalidad de cubrir, durante el curso 2019-2020 y en todas las islas, vacantes y sustituciones de todas las especialidades o funciones en centros públicos de enseñanza no universitaria dependientes de la Consejería de Educación y Universidad del Gobierno de las Illes Balears (BOIB nº 160, de 22 de diciembre).

2. Requisitos

2.1. Los requisitos que tienen que cumplir los participantes para poder participar en esta convocatoria son los establecidos en la base específica 3 del anexo 1 de la Resolución de al Directora General de Personal Docente de 14 de diciembre de 2018 por la cual se aprueba la convocatoria pública para formar una bolsa de aspirantes a funcionarios interinos docentes con la finalidad de cubrir, durante el curso 2019-2020 y en todas las islas, vacantes y sustituciones de todas las especialidades o funciones en centros públicos de enseñanzas no universitarias dependientes de la Consejería de Educación y Universidad del Gobierno de las Illes Balears.

2.2. El cumplimiento de los requisitos y las condiciones que establecidos en esta convocatoria se deben cumplir en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, y se deben acreditar en la forma que se determina en el anexo 2 de la Resolución de la Directora General de Personal Docente de 14 de diciembre de 2018, anteriormente citada.

2.3 Certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales. Los aspirantes pueden, en la solicitud de participación, autorizar a la Consejería de Educación, Universidad e Investigación para que solicite esta certificación. En caso de no autorizarlo, el aspirante tendrá que presentar esta certificación en la forma y los plazos indicados en la Resolución que convoca, para el curso 2019-2020, el proceso de adjudicación de destinaciones provisionales, y que aprueba las instrucciones que la han de regir, así como también las instrucciones que han de regir, para el curso 2019-2020, el proceso de adjudicación de sustituciones.

3. Méritos y ordenación en las bolsas

3.1. Los aspirantes se tienen que ordenar de acuerdo con los méritos previstos en el anexo 3 de la convocatoria ordinaria y acreditarlos en la forma establecida en la convocatoria citada.

La documentación referida a las actividades de formación permanente (apartado 3 del baremo de valoración de méritos) se tiene que dirigir de manera expresa al Servicio de Formación Homologada y Capacitación de la Dirección General de Primera Infancia, Innovación y Comunidad Educativa mediante el modelo de solicitud publicado a tal efecto en http://sfhc.caib.es junto con toda la documentación exigida y con un número de registro independiente de cualquier otra solicitud entregada.

3.2. A tal efecto, solo se valorarán los méritos perfeccionados hasta el día 31 de diciembre de 2018, este incluido.

4. Instrucciones para cumplimentar, tramitar y formalizar la solicitud

Las instrucciones para cumplimentar la solicitud figuran en el apartado 4 del anexo 1 de la Resolución de la Directora General de Personal Docente de día 14 de diciembre de 2018, anteriormente citada.

5. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo para presentar las solicitudes para participar en la convocatoria es del día 1 de octubre al 10 de octubre, ambos incluidos.

6. Publicación de la lista de admitidos y excluidos

6.1. Una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes y revisadas las mismas y la documentación adjunta, si la hay, la Directora General Personal Docente dictará una resolución para aprobar las listas provisionales de aspirantes a funcionarios interinos docentes admitidos en la bolsa y excluidos de la misma, así como las lista específica provisional de aspirantes excluidos por no haber acreditado tener los conocimientos adecuados de lengua catalana de acuerdo con lo que establece el Decreto 115/2001, de 14 de septiembre, modificado por el Decreto 169/2003, que regula la exigencia del conocimiento de las lenguas oficiales al personal docente. Regulación que se concreta en la Orden del Consejero de Educación y Universidad de 8 de marzo de 2018 por la que se fijan las titulaciones necesarias para dar clases de y en lengua catalana, propia de las Illes Balears, a la enseñanza reglada no universitaria y se establecen las equivalencias

La lista de admitidos tienen que indicar las especialidades y las funciones en las que el aspirante ha sido admitido.

La lista de excluidos debe indicar las especialidades y las funciones en la cuales el aspirante ha sido excluido,  así como la causa de exclusión.

En las lista específica de aspirantes excluidos por no haber acreditado tener los conocimientos adecuados de la lengua catalana, se deben aplicar los criterios de ordenación a que hace referencia el punto 9.1 de este anexo.

Todas las listas deben indicar la valoración de méritos del aspirante o, si corresponde,  los criterios de ordenación en la bolsa.

El mismo día en el que se dicte esta Resolución se debe publicar en la página web de la Dirección General de Personal Docente <http://dgpdocen.caib.es>.

6.2. Se tiene que abrir un plazo de dos días hábiles a contar desde el día de la publicación de las listas de admitidos y excluidos, para que los interesados puedan subsanar la causa de exclusión y  aportar los documentos que acrediten que el día en el que finalizó el plazo de presentación de solicitudes cumplían los requisitos exigidos.

Los méritos no alegados o los alegados pero no acreditados documentalmente antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes no se podrán alegar o acreditar dentro del plazo de presentación de reclamaciones. No se podrán modificar tampoco, dentro de este plazo, las opciones seleccionadas en la solicitud.

Durante el periodo de reclamaciones, la Administración rectificará de oficio los errores materiales y de cálculo detectados en las listas provisionales.

6.3. Finalizado el plazo al que hace referencia el apartado anterior, y subsanados los errores detectados y las causas de exclusión, si corresponde, la Directora General de Personal Docente dictará una Resolución para aprobar las listas definitivas de aspirantes a funcionarios interinos docentes admitidos en la bolsa, y excluidos de estas, así como la lista específica definitiva de aspirantes excluidos por no haber acreditado tener los conocimientos adecuados de lengua catalana. Según el contenido de esta Resolución, los interesados pueden entender estimadas o desestimadas sus reclamaciones.

El mismo día en que se dicte esta Resolución se publicará en la página web de la Dirección General de Personal Docente <http://dgpdocen.caib.es>.

 

ANEXO 2 Especialidades objeto de la convocatoria

PROFESORES DE ENSEÑANZA SECUNDARIA- 0590

0590002 Griego

0590003 Latín

0590006 Matemáticas

0590007 Física y Química

0590010 Francés

0590012 Alemán

0590014 Lengua y Literatura catalanas

0590016 Música

0590019 Tecnología

0590109 Construcciones civiles y edificaciones

0590107 Informática

0590109 Navegación e instalaciones marinas

0590111 Organización y procesos de mantenimiento de vehículos

0590112 Organización y proyectos de fabricación mecánica

0590113 Organización y proyectos de sistemas energéticos

0590122 Procesos y productos de artes gráficas

0590123 Procesos y productos de madera y mueble

0590124 Sistemas electrónicos

0590125 Sistemas electrotécnicos y automáticos

0590803 Cultura clásica

 

PROFESORES TÉCNICOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL- 0591

0591212 Oficina de proyectos de construcción

0591222 Procesos de gestión administrativa

 

PROFESORES DE ESCUELAS OFICIALES DE IDIOMAS- 0592

0592001 Alemán

0592008 Francés

0592012 Italiano

 

PROFESORES DE MÚSICA Y ARTES ESCÉNICAS- 0594

0594415 Guitarra flamenca

0594416 Historia de la música

0594420 Órgano

0594421 Orquesta

Documentos adjuntos